ESCRITORES Y ARTISTAS ASTURIANOS

ÍNDICE BIO-BIBLIOGRÁFICO

ARMIÑÁN CANEDO (Luis).

Famoso hombre de Leyes del siglo XVI. Natural de Oviedo, donde habría nacido hacia el año 1710, y donde parece que residió siempre hasta su fallecimiento en 1765.

Cursó la segunda enseñanza, entonces conocida por estudios de Artes, en el colegio que los monjes bernardos tenían establecido en Belmonte, por espacio de tres años.

Pasó luego a la Universidad de Oviedo, donde siguió las disciplinas de Leyes y Cánones durante dieciséis años, y en ellas obtuvo los grados menores y mayores por este orden: bachiller en Leyes en 1732; en Cánones, el año 1736; licenciado y doctor en esta última facultad, el 19 de junio y 5 de julio, respectivamente, de 1737.

Desde el año anterior ejerció el cargo de abogado eclesiástico y más tarde de notario apostólico.

También actuó como abogado en asuntos civiles. De esas actividades ha dejado impresos memoriales e informes que se reputaron de Magistrales. Fue asimismo fiscal honorario de la Audiencia.

Antes de concluir la carrera ejerció en la Universidad funciones de profesor sustituto, y después de concluida desempeñó interinamente la cátedra de Regencia de Instituta, de la que se hizo cargo en propiedad, así como de la de Vísperas de Cánones, en 1740, y las cuales regentó hasta 1743. Continuó luego entregando su concurso de profesor a la Universidad, y hacia el año 1766 fué fundador, presidente y primer maestro de la Academia teórico-práctica de Legislación, incorporada a ese centro, desde la que prestó grandes servicios a la enseñanza universitaria, Por lo que el claustro le mostró su reconocimiento con honores.

Obras publicadas en volumen:

I.— Por don Francisco Lorenzo Maldonado y Tineo, dueño y poseedor de la casa de Tineo, vecino y regidor del concejo de Tineo. Con Antonio Gómez y otros consortes vecinos del lugar de Villaamil de, jurisdicción de Las Moretas, inclusa en el concejo de Tineo, sobre el desocupo de diferentes bienes o arrendamiento de ellos y otras cosas. (Oviedo, s. a.)

Il.— Por don Álvaro Antonio Cienfuegos, vecino y regidor perpetuo de Miranda y Pravia. Con el abogado fiscal del Tribunal eclesiástico de esta ciudad de Oviedo y su obispado. Sobre la mantención de una pila bautismal en la capilla de la Concepción de N. S. de las Casas de Aguerina y posesión de bautizarse en ella solamente las personas de la familia de dichas casas. (Oviedo, 1752.)

IIl.—Por el abad y monjes del monasterio de Santa María de Valdediós, Orden de San Bernardo, con el marqués de Camposagrado, sobre la vacante de un foro y restitución de diferentes bienes. (Oviedo, s. a; en folio.)