ESCRITORES Y ARTISTAS ASTURIANOS

ÍNDICE BIO-BIBLIOGRÁFICO

CAMPOMANES (Conde de).

Si podemos decir con García Doménech que “el conde de Campomanes es uno de los ornamentos más gloriosos de la España”, dicho se queda la categoría que le corresponde entre los miles de personalidades asturianas comprendidas en la obra presente. Preside, con Jovellanos, esos quince o veinte nombres eximios con que Asturias puede ufanarse de haber contribuido al prestigio que España goce en el mundo civilizado.

Siguiendo la norma que nos hemos impuesto de ceder al autorizado juicio ajeno, cuando nos es conocido, lo que sirva de panegírico, tomamos de Joaquín Costa el juicio siguiente: “Fué don Pedro Rodríguez Campomanes (1723-1802) uno de los patricios de que con más fundamento puede enorgullecerse nuestra patria; y la labor de su vida, una de las más fecundas, serias y provechosas que la generación actual tenga que agradecer. Abogado, primero, y académico de la Historia más tarde, asesor de Correos, fiscal del Consejo de Castilla, y últimamente su consejero; y, en otros órdenes, director de la Academia de la Historia y presidente del Consejo de la Mesta, dejó en todas partes huella profunda y duradera de su paso. Campeón entusiasta del progreso intelectual y económico de España y de la independencia del poder civil, contribuyó en amplia escala, como escritor y como fiscal del Consejo, a la obra de la reconstrucción de la nacionalidad, emprendida con tanta fe como desinterés a mediados de aquella centuria, y tan dolorosamente interrumpida a poco de morir él y aun antes de su muerte… Era un político, era un sabio; pero dentro del sabio y del político alentaba además un hombre.”

Infanzón y Garcia Miranda (monografía Tineo de la Obra Asturias, tomo II, dirigida por Octavio Bellmunt y Fermin Canella) hace de Campomanes un juicio concreto, digno de la transcripción también: “Un portento del saber humano… Uno de los hombres mas notables de su tiempo, que, despreciando añejas preocupaciones y entregando al libre examen Cuestiones de interés público que hasta entonces se habían mirado como intangibles, hizo una verdadera revolución en las ideas, sustituyendo unas, mejorando otras, dejando indicadas las reformas que no pudo realizar, alumbrando a los futuros gobernantes y trazándoles el Camino que habría de Conducirles a la moderna democracia, Uno de Los más bellos ornamentos de la España culta, y una figura, en fin, la más saliente del feliz reinado de Carlos III.”

En torno a la política innovadora del conde de Campomanes hace Fermin Canella y Secades un resumen que también merece eco aquí: “Doctísimo — dice — en lenguas, en historia, en jurisprudencia civil y canónica y en economía política; ministro de gran espíritu práctico, celosísimo del bien público; innovador y propagandista utilísimo; enemigo de abusos, rutinas y privilegios; fomentador de la población y el trabajo; protector de la agricultura, de la industria y del comercio: organizador de instituciones benéficas y defensor valiente de los derechos de la Corona y del Estado contra toda clase de intrusiones.” (La iconoteca asturiano – universitaria, 1886.) Afirma en este mismo trabajo que la provincia (de Asturias) le debe grandes beneficios: la Junta General del Principado y las corporaciones todas del país contaron siempre con sus luces y protección en favor de los intereses morales y materiales”. Y refiriéndose en otro sitio (el libro De Covadonga) al amor que siempre sintió el conde por la tierra natal, asegura que ‘desde su entrada en Madrid se alisto en la Cofradía asturiana de la Virgen de las Batallas, y fué su abogado, consiliario y presidente durante muchos años”.

Más circunstanciadamente se expresa Evaristo Escalera al referirse a la política reformista del conde. “Campomanes —dice— sentía una profunda necesidad de aplicar el escalpelo que había puesto en sus manos la necesidad de las reformas y descartar al país del montón de abusos, apropiándose solamente de aquellos elementos útiles y fecundos. Veía al clero, que, olvidado por completo de su misión divina, cifraba todo su celo en la adquisición de bienes terrenales, en tanto que conspiraba siempre para extender su círculo de acción en las esferas del Gobierno, casi absorbidas por él; veía a las instituciones monacales amortizando la propiedad y paralizando así los más principales adelantos, que reconocen su Origen en el derecho de propiedad; veía a la ganadería y la agricultura extenuarse y morir; la amortización civil, que engendra el vicioso sistema de colonia; la muerte, en fin, desparramada por los campos, y en ellos, como piadosa compensación, la famosa sopa de los conventos, distribuida entre aquellos mismos pobres creados por la riqueza y el esplendor monacal. Cada uno de los ramos de la administración pública fué, pues, objeto de meditados estudios por parte del sabio legislador, que no hacía escuchar su voz sin que fuese para proponer los medios de extirpar abusos, introducir reformas, desterrar perjudiciales preocupaciones y realizar mejoras y adelantos que condujesen a la nación a los más elevados y prósperos destinos.”

Entre sus grandes reformas e iniciativas de gobernante, traducidas en una innegable prosperidad del país, cuenta también algún error, como testigo para que su obra no deje de acreditarse de humana. Tal puede considerarse, desde luego que a la luz de conceptos que predominaron en época posterior, la excesiva protección a una industria nacional decadente, arruinada, con la prohibición de importar  artículos manufacturados, cosa que trajo el encarecimiento de la vida por el consumo de productos nacionales más caros y peores.

“Otra de las causas de nuestro abatimiento—continúa Escalerala encontraba justamente Campomanes en dos grandes despoblados que existían en España, hallándose por lo mismo inmensos terrenos infructíferos por falta de cultivo. Don Pablo Olavide, una de las personas cuya ilustración le había granjeado el odio implacable de la Inquisición, había concebido el proyecto de colonizar algunas de estas comarcas, difícilmente hubiera podido realizar el pensamiento de colonización a no contar con el caluroso celo con que Campomanes defendió la idea, logrando que el monarca la aceptase, Al propio tiempo que el público asturiano patrocinaba la empresa de Olavide redactó el fuero que debía servir de guía a aquellas nuevas poblaciones, documento en el que se demuestra un profundo conocimiento del corazón humano y los humanitarios y civilizadores sentimientos que resplandecían en el noble patricio.” Aludiéndole más como intelectual que como gobernante, en una ponderación de la alta mentalidad y el mucho saber de Campomanes, dice Álvaro de Albornoz: “Fué un precursor por la dilatada perspectiva de su pensamiento. No se limité como escritor a las alegaciones y consultas propias de Su Cargo, aunque en la präctica de su oficio haya dejado una copiosa bibliografía. La amplitud y riqueza de ésta en la obra de conjunto de Campomanes se debe a una cultura profunda y complejísima y à una curiosidad omnilateral. De aquí su ingente labor de polígrafo. Al lado de las Alegaciones fiscales y de la Respuesta fiscal sobre la tasa y el comercio de granos, el célebre Tratado de Regalía de amortización; tras la prosaica Memoria sobre los abusos de la Mesta, el inmortal discurso sobre la educación popular de los artesanos y su fomento. Y luego, una extensa bibliografía sobre las materias más variadas: Disertación sobre el establecimiento de las leyes, Discurso sobre la cronología de los reyes godos, Noticia sobre los gitanos, Historia general de la Marina española, Noticia geográfica del reino y caminos de Portugal… Además, traducciones del griego y del árabe, lengua que dominaba con la misma perfección que las más importantes de Europa. A tan rica cultura y pensamiento tan inquieto corresponde una obra en extremo compleja y múltiple.”

“Cuando se contempla — dice González Arnao—la inmensa extensión de objetos sobre que puso mano este varón singular se cae la pluma desanimada de poder ni aún enumerarlos.” Y el citado autor invitaba a los oyentes de su discurso: “Lloremos, españoles, lloremos con amargo llanto el aciago momento en que la inexorable parca cortó el hilo de los días del gran conde de Campomanes, Los héroes pasan, y a la Naturaleza suele costar siglos de esfuerzos para reemplazar uno solo”

Mucho es lo que se ha escrito acerca del conde de Campomanes. Una búsqueda especialmente dedicada a la anotación de trabajos sobre su vida y su obra daría como fruto una larguísima relación de estudios. Pero todos ellos, o son estudios parciales y sintéticos, o panegíricos exentos de propósito exégeta. “La importancia histérica del celebérrimo jurisconsulto—afirma Salcedo Ruiz—está pidiendo a voces un libro documentado e imparcial, con todos los requisitos de erudición y desinterés exigidos por la crítica moderna, en que se fijen exactamente sus ideas, los móviles de su conducta y su intervención positiva en aquel movimiento secularizador, regalista, antijesuítico, de fomento de intereses materiales, y puede añadirse—usando una palabra puesta en juego mucho después—europeizador, que caracteriza el reinado de Carlos II” Es doloroso e incomprensible, verdaderamente, que tan preeminente personalidad como la del conde de Campomanes no haya encontrado todavía su biógrafo.

El mismo deprimente efecto causa que para conocer algo de la extensa y variada labor de Campomanes haya que acudir a ediciones centenarias, que figuran en algunas Bibliotecas como ejemplares raros y curiosos. La mayor parte de su producción, como dictada por necesidades sentidas en su tiempo y que han sido rebasadas por otros problemas, no tiene interés para el lector corriente de hoy ni tampoco para mucha gente de estudio; pero queda otra buena porción de sus trabajos, particularmente de tipo histórico y económico, que encierran un interés perenne y continúan proporcionando ilustración con la misma frescura y eficacia que cuando fueron escritos. Una selección de trabajos de Campomanes sería obra de gran aprovechamiento a la cultura nacional, tanto como la que se escribiera sobre su vida.

A tal punto se ha descuidado el estudio serio sobre esta conspicua personalidad, que resulta dificultosísima tarea la de dar noticia de todas sus obras impresas y manuscritas. Lo mejor en este sentido es lo hecho por Semper y Guarinos en 1785, en vida del propio Campomanes. Ya entonces decía este autor: “Con dificultad podrá darse noticia exacta de todas las obras del señor conde de Campomanes.” Y el catálogo que da de ellas en la obra Ensayo de una Biblioteca de los mejores escritores del reinado de Carlos II se ha venido reputando, como es justo, el mejor; pero no es completo, ni mucho menos, como acreditan algunos, porque, no habiéndonos nosotros propuesto agotar el asunto, por la índole de nuestra tarea, podemos ofrecer un número de trabajos de Campomanes muy superior al de Semper y Guarinos.

Nació Campomanes en hogar humilde de la aldea de Santa Eulalia de Sorriba (Tineo) el 1 de julio de 1723 (bautizado el día 8), hijo de don Pedro Rodriguez Campomanes y doña Maria Pérez de Sorriba, por lo que sus apellidos verdaderos, al uso moderno, serían los de Rodriguez y Pérez. Ha usado en ocasiones los dos apellidos paternos, pero más el segundo solamente, que es con el que ha pasado a la Historia convertido en título nobiliario.

Los comienzos de la vida de Campomanes son un tanto oscuros y contradictorios. La tradición —acaso leyenda—le coloca en la infancia dedicado a cuidar cerdos en un campo frente al corredor de la casa del párroco, don Francisco Salvador del Río, donde éste daba lecciones de latin a varios muchachos, lecciones que también aprendía desde. fuera el pequeño porquerizo. Parece que en una ocasión contestó acertadamente desde la calle a una pregunta sin respuesta que el preceptor hizo a sus discípulos. Sorprendido el sacerdote por el suceso, sometiô al chicuelo a un breve examen. Advertido por la prueba de que acaso su discípulo mejor era el que no acudía a las lecciones, le pidió a la madre que le confiara la educación de él y lo incorporé a las clases, satisfecho de su acción meritoria porque descubrió en el muchacho una inteligencia extraordinaria.

Si esto fué cierto, poco debió de durar la educación prestada por el cura párroco al muchacho, porque éste paso en la infancia, a lo que parece huérfano de padre ya, al amparo de un tío materno, canónigo en Santillana (Santander), que algunos confunden con un tío del citado sacerdote y otros, como Jovellanos, le dan por nombre el de Pedro Bárcena de Sorriba, que no es exactamente el verdadero. Pone en claro todo esto lo que el propio Campomanes dice en su testamento, que es como sigue: “Igualmente declaro que mi tio don Pedro Pérez de Sorriba, canónigo que fué de la insigne Real iglesia colegial de Santillana, hermano de la referida mi madre, y a quien desde la infancia debía lja educación y principios que después me aprovecharon para mis adelantamientos y desempeño de las grandes obligaciones en que la Providencia divina se dignó constituirme”… Tan irrecusable testimonio deshace el error que anota Diego San José al afirmar que Campomanes se trasladó a Sevilla, que era “sobrino del canónigo de Sotanillas” y que fué allí “a doctorarse en leyes”.

Hizo los estudios de Latinidad y Humanidades, bajo la protección directa de su tío, con tal aprovechamiento, que a los once años dominaba con perfección la lengua latina y poseía conocimientos humanísticos muy superiores a los que correspondían a esa edad. Dicen algunos biógrafos que le envió entonces el canónigo a estudiar Leyes a la Universidad de Oviedo; pero parece lo más cierto que tío y sobrino estuvieron de acuerdo en que éste siguiera la Carrera eclesiástica, trasladándose con ese propósito al Colegio de frailes dominicos de Reginæ Caœli, donde cursó estudios que le valieron el grado de bachiller en Derecho civil y canônico en la Universidad de Sevilla. Arrepentido de seguir una vocación equivocada, como dicen unos, no falto del apoyo que tenía, por muerte repentina del tío canónigo, como aseguran otros, es lo cierto que la carrera de Campomanes queda interrumpida y que el se traslada a Cangas del Narcea (entonces, Cangas de Tineo), por estimar esta población más propicia al remedio que buscaba a su escasez de recursos y nada favorables circunstancias.

En Cangas, aun cuando era todavía un adolescente, se improviso en profesor de Humanidades, dando con ello solución a su problema. Dice a este respecto su panegirista Garcia Domenech: “Este pensamiento fué originariamente suyo, y no le movió a verificarle el cebo de un lucro despreciable a sus ojos, ni la gloria de erigirse en maestro de los que eran inferiores suyos, ni las vanas esperanzas de sus ulteriores ascensos. El deseo de ser desde sus principios útil a la patria que le dio el ser, le hizo redoblar sus afanes en la enseñanza, y al fin logra verse seguido de una tropa de discípulos que le aman y le hacen honor. Nada se opone a conciliar los nobles propósitos que le supone Garcia Domenech con la conveniencia personal de Campomanes al dar lecciones para ganarse la vida y hasta para reunir algunas economías que le permitan dar realización a sus particulares aspiraciones. La verdad histérica es que, hombre de realidades, en cuanto reunió el dinero que necesitaba para desarrollar sus propósitos íntimos, abandonó el sacerdocio de la enseñanza y se trasladó a Madrid, a los diecinueve años, con el objeto de seguir la Carrera de Jurisprudencia.

Ya en Madrid, mientras seguía los estudios de la Facultad de Jurisprudencia, atendía a las necesidades de su vida con el trabajo de escribiente o pasante en el acreditado bufete del abogado don Juan Pérez Ortiz de Amayo. Según Jovellanos, concurría también al despacho del no menos renombrado jurisconsulto don Miguel Cirel, aragonés de origen, con quien adquirió extensos conocimientos sobre la jurisprudencia peculiar de Aragón. Cuatro años después (1746), y a los veintitrés de edad obtenía el grado de licenciado en ambos Derechos y abría al público bufete de abogado propio.

Desde las primeras intervenciones en el foro, su prestigio como jurisconsulto quedó cimentado sólidamente, y pronto su nombre figuró entre los más famosos. Dice Jovellanos que en el primer año de ejercicio profesional ganó cincuenta y dos mil reales, suma importante para aquellos tiempos.

A tal punto se le consideró en seguida en la altura de los mejores abogados, que el embajador español en Nápoles se lo recomendó en primer término al entonces rey de ese país, y más tarde Carlos III de España, para la tramitación y solución de un pleito que sostuvo ante nuestros Tribunales.

AI tiempo que al estudio y la practica de la Jurisprudencia, cuidaba con igual fervor de acrecentar el gran caudal de sus conocimientos en disciplinas tan alejadas de la profesional como las de Historia, Humanidades y Lenguas.

En esto último alcanzó categoría de verdadero políglota: conocía los principales idiomas europeos modernos y varias lenguas sabias, con toda perfección latín y griego. Aprovechándose de la permanencia en España del sabio orientalista Miguel Casiri, estudió con éste la lengua árabe como su mejor discípulo, y fué su colaborador luego en algunas traducciones. Una de esas traducciones fué la de los capítulos XVII y XIX del Tratado de Agricultura escrito en lengua arábiga por Ebu-el-Arran, y que figuran en la obra de Mons Tull Tratado del cultivo de las tierras, publicada en Madrid en 1751.

Como en el foro, su nombre triunfó también rápidamente en los medios intelectuales por su enorme saber y su clarísimo talento.

La publicación de su primer escrito en volumen, Disertaciones históricas del Orden y Caballería de los Templarios (número D; en 1747, fué a la vez iniciación y consagración suya como escritor, y la Academia de la Historia lo reconocía así al año siguiente nombrándole académico supernumerario a solicitud suya, en la que aducía modestamente como méritos saber latín, francés  e italiano, “en los que está sobradamente instruido, con alguna tintura de griego y hebreo, como asimismo de los caracteres góticos y longobardos)

La Academia de la Historia fué el principal centro de sus actividades intelectuales en adelante, aportando a las tareas de investigación histórica de este centro sus mejores entusiasmos. Elevado a la categoría de académico de número en mayo de 1754, fué luego de esa corporación director acertadisimo desde noviembre de 1764 por espacio de algunos lustros.

En 1748 también contrajo otros deberes y obligaciones, que fueron los inherentes a su hogar, formado entonces por matrimonio con la señorita Manuela de las Amarillas Sotomayor. EI primer cargo público que estuvo bajo su diligencia (1755) fué el entonces importantísimo de asesor general de Correos y Postas, con honores de consejero de Hacienda, conferidos dos años después, y en el que dió pruebas de sus grandes dotes de organizador con reformas fundamentales en el servicio y la dotación de unas ordenanzas reglamentándolo. Además escribió sobre la materia (número IV) con la misma autoridad que cuando trataba asuntos jurídicos para el foro o históricos para la Academia.

En 1756 publicó, traducida del griego, la obra antigüedad marítima de la república de Cartago, con el Periplo de Hannon, que afirmó su fama y prestigio más allá de las fronteras nacionales. La Academia de Inscripciones y Bellas Letras de París le nombró entonces académico correspondiente.

Así, por espacio de “once años brilló en el foro—dice González Arnao—con el mayor aplauso, oprimido de encargos y negocios, sin dejar por eso de la mano el estudio de las lenguas sabias y de nuestras antigüedades de historia… Pero la patria llamaba a Campomanes con vivas instancias a velar sobre sus intereses; y había al frente de su gobierno quien oyese su voz y obedeciese sus insinuaciones”.

Carlos III, que ocupaba el Trono de España desde 1759, atento a rodearse de los hombres más Capacitados del país — condición más importante que el propio talento para que su reinado fuera fecundo y próspero— nombró a Campomanes en 1762 para ocupar uno de los cargos de fiscal del Consejo de Castilla, sin esperar a que el interesado pudiera aspirar a él y sin atender a otras razones, como dice González Arnao, “como no fuera la de que necesita un genio investigador de los males de su monarquía y creador de los remedios que deban sanearla; necesita un alma que vivifique este cuerpo político, que ponga en movimiento todos los resortes de su constitución”’.

En el cargo de fiscal del Consejo de Castilla maduró rápidamente su fama hasta alcanzar celebridad mundial imperecedera. Su nombre llena un gran espacio del reinado de Carlos III. Desde el primer momento puso todo su talento, saber y experiencia a remediar los males que abatían a España. Iniciador unas veces  e impulsador otras de acertadas medidas de gobierno, atendió con toda energía a intensificar el. progreso en todos los aspectos de la vida colectiva, implantando muchas veces medidas que se adelantaron en varias décadas a las  teorías predominantes en su tiempo. Fué en esto un verdadero precursor de los más famosos economistas del siglo XIX. Sus alegaciones, respuestas y memoriales como fiscal del Consejo de Castilla se tradujeron en reformas administrativas y progresos culturales de profunda renovación en la vida española, y aun se toman, al cabo de siglo y medio, como abundosas fuentes de sabia doctrina jurídica. Hombre de extraordinaria capacidad de trabajo, la ingente labor de la fiscalía a su cargo no le impidió continuar con dedicación efectiva sus actividades literarias. La Academia de la Lengua le llevó a su seno el 8 de febrero de 1763, y la de la Historia le elevó al cargo de director el 16 de noviembre del año siguiente.

Una de las más importantes actuaciones en sus primeros tiempos de fiscal fué la redacción de un informe acerca de la restricción a la Iglesia en la adquisición, uso y enajenación de bienes. El Consejo no se atrevió a convertirlo en ley, pero le autorizó a publicarlo, por su gran utilidad para la cultura, tanto letrada como popular. Campomanes arregló el informe con este fin y lo dió al público bajo el título de Tratado de la Regalía de amortización en 1765 (número IX). Puede afirmarse que la publicación de esta famosa obra, muchas veces reimpresa y traducida, tuvo la importancia de un suceso histórico. El autor conquistó las más autorizadas alabanzas nacionales y extranjeras, y también toda clase de censuras entre los afectados por las innovaciones propuestas y una desmedida réplica, mucho tiempo después, de su paisano el cardenal Inguanzo en el libro Dominio de la Iglesia sobre los bienes temporales. La intransigencia y el fanatismo religioso no podían dejar de ser parte en el pleito contra quien aseguraba que “en los primeros siglos de la Iglesia nada se hizo sin la inspección y consentimiento real, aun en materias infalibles dictadas por el Espíritu Santo”.

Sobre ese Tratado de la Regalía de amortización hace García Domenech la síntesis siguiente: “Don Pedro Rodríguez de Campomanes ataca a los enemigos con armas irresistibles. No es él quien habla en su precioso Tratado. Por su boca habla la sabia antigüedad, habla la disciplina más pura de la Iglesia, habla la Europa culta, hablan los códigos más respetables de la legislación española: todo habla en favor de la causa que defiende; y la razón y el patriotismo gritan, se lamentan y se dirigen al Trono clamando por una ley benéfica que ponga límite a la enajenación en manos muertas.” :

El motín producido en marzo de 1766 contra el ministro Esquilache a causa de la prohibición de usar capa larga y sombrero haldudo, llamado chambergo—medida tomada por lo que favorecían la criminalidad—, fué como el preludio de la más importante y trascendental labor desarrollada por Campomanes en la Fiscalía, Comisionado por el rey, con el acuerdo del Consejo de Castilla, que comenzaba a presidir el también célebre conde de Aranda, para poner en claro el origen de aquellos disturbios, que socavaban la paz social de la nación, tuvo que poner en prueba máxima su saber, rectitud y amor a la justicia, y el resultado de su sereno estudio del asunto culminó en la Alegación que, con fecha 30 de diciembre de ese mismo año, recomendaba la expulsión de los jesuitas del territorio nacional, determinación llevada a cabo por Real decreto de 2 de abril de 1767.

Las consecuencias previsibles de tan grave resolución contra una de las fuerzas sociales más poderosas no le intimidaron para decidirse a una menor severidad en el alegato, porque fué su norma siempre atenerse estrictamente a los que él estimaba principios inconmovibles de justicia social, Por sobre los privilegios y las tradiciones seculares estaba para él el bien común.

La gestación de esa medida contra la Compañía de Jesús tuvo lugar, al parecer, en la Masonería, a la que Campomanes pertenecía como miembro muy distinguido. Se afirma que la expulsión fué acordada en una reunión secreta celebrada en casa del conde de Aranda, que fué gran maestre de la Masonería española. Y tiene visos de verdad todo esto porque, según Morayta (La Masonería en España), “sólo la Masonería pudo obrar la maravilla de que los jesuitas, introducidos en todas partes y en todas partes prepotentes, desconocieran el mandato real hasta el instante en que, sin darles tiempo ni aun para recoger sus papeles, les hizo montar en calesas y coches de colleras para conducirlos desde sus conventos y de la población donde existían, y sin darles descanso, a Italia”.

Esa postura de Campomanes frente a las detentaciones que la Iglesia hacía de la riqueza y el bienestar nacionales, tan combatida por Menéndez y Pelayo en su Historia de los heterodoxos españoles, es posible que obedeciera a que le “traían fuera de sí las mitras”, como afirma este autor, pero no por los móviles que deja sospechar, puesto que nada caracteriza a Campomanes de antirreligioso, aunque haya combatido los desmanes y las demasías del clero. Y esto fué lo que “le valió la enemiga de la Iglesia—como dice Diego San José—, que todavía no le ha sabido perdonar, pues la casa de Dios, que predica la caridad y aconseja la absoluta renunciación de los bienes terrenales, en ninguna manera tolera que se haga cuenta con Sus tesoros para aliviar la miseria de los pueblos”.

Contra la postura del enérgico fiscal del Consejo de Castilla, los considerados adversarios se aprestaron a defenderse con toda clase de armas, incluso la calumnia y la difamación, y tuvieron un reducto fuerte en el Tribunal del Santo Oficio, que consideraba a Campomanes como el más peligroso propulsor de las ideas filosóficas y políticas forjadas  en Francia y triunfantes en gran parte de Europa, culminantes después en la Revolución francesa. Pero Campomanes no se arredró ante los acechos y ataques, que tenía previstos, de tan poderoso enemigo. Su vida pública y privada estaba exenta de puntos vulnerables, y contra persecuciones de otra índole tenía en sus manos un arma invencible: la justicia. A los ataques solapados de la Inquisición, él contestaba con disposiciones enérgicas contra toda clase de abusos y extralimitaciones, dondequiera que existiesen, y desde el nuncio hasta el último beneficiado tuvieron que sentir el rigor de que prevaleciera la equidad sobre los privilegios. Como consecuencia de esta pugna consiguió Campomanes que se instituyera el Tribunal de la Rota, a manera de Tribunal supremo eclesiástico; pero esta medida no acabó de someter en la forma esperada al soliviantado clero, si bien tuvo luego que debatirse en intrigas que no prosperaron por entonces.

Su celo en que prevaleciera la justicia sobre los privilegios ilegítimos, Su sabia cooperación al mejoramiento de las fuentes de riqueza y de la instrucción popular, su participación en las medidas impulsadoras de un renacimiento artístico y literario, permiten asegurar que nacieron en Campomanes los modernos principios fundamentales de la vida pública española, que tuvieron en otro asturiano, Jovellanos, el más egregio mantenedor de ellos, y en los hombres de las Cortes de Cádiz, los continuadores, si bien para que esos principios quedaran luego maltrechos y oprimidos por la reacción y la demagogia en interminable serie de disturbios políticos,

Culmina esa labor de Campomanes en las sabias medidas propulsoras del progreso agrícola e industrial de España, cuya parte doctrinal ha recogido en tres discursos (números XVII, XVIII y XIX), acerca de los que García Domenech afirma: “Estas sublimes producciones son la obra maestra de economía política nacional, que España no había visto todavía”.

No obstante el círculo de rencores y malquerencias formado en torno suyo, su talento y su probidad continuaron ganándole predicamento cerca de Carlos III y los ministros, y en el citado año 1757 se le confirió el cargo de fiscal también cerca del Consejo de Castilla Extraordinario, y asimismo fiscal de la Real Cámara al año siguiente. A la vez comienzan a llegarle honores y distinciones extraordinarios. En 1771, el rey le nombra caballero de Carlos III, pensionado, y en 1872 le confiere en señorío el coto de Campomanes con el título de conde de este nombre. También puede figurar entre esos honores que la Academia de Jurisprudencia Práctica le nombrara su director en 1773, cargo que desempeñó hasta su fallecimiento.

En 1775 aprestó el más entusiasta concurso, oficial y personalmente, a la constitución en Madrid de la Sociedad Económica de Amigos del País, organismo que surgió por la necesidad de impulsar en España las actividades de carácter económico, especialmente industriales y agrícolas. Para esta Sociedad redactó oficialmente los Estatutos, que luego fueron adoptados por las demás instituciones gemelas que se fueron fundando en el país. A la Sociedad Económica de Madrid prestó luego colaboraciones personales con estudios luminosos sobre desenvolvimiento y reformas de la producción nacional en varios aspectos.

Sus múltiples y graves ocupaciones no le impidieron atender con gran devoción los intereses de Asturias, que tiene en Campomanes uno de los cuatro o seis hombres-cumbres que ha dado a la política española. A su gestión principalmente se debe la carretera que une a Oviedo con Castilla, iniciada en mayo de 1771. Propulsó en esa ciudad la fundación de la Sociedad Económica de Amigos del País, constituida en 1780.

Al fomento de la Biblioteca universitaria, desaparecida entre las llamas que devoraron la Universidad cuando la revolución societaria de octubre de 1934, contribuyó con la disposición de que pasara a ella la que había sido de los jesuitas de Oviedo, copiosa y rica, y con aportaciones propias.

Medió cerca del rey con pleno éxito para la reconstrucción del santuario de Covadonga, incendiado en 1777 y comenzado a edificar de nuevo en 1781 con planos del famoso arquitecto don Ventura Rodríguez, recomendado para el caso por Campomanes, y bajo la dirección del arquitecto asturiano Reguera González, si bien la construcción hubo de quedar suspendida en 1792. Con este motivo publicó anónimamente, como propaganda a la idea de reconstrucción, el folleto Noticia de Covadonga.

Atendió, en fin, en cuanto estuvo de su parte, a los progresos materiales y morales de la región y a proteger a numerosos paisanos que fuera de Asturias llegaron a brillar por su saber o su arte.

En medio de sus arduas tareas fiscales y académicas, con derivaciones a múltiples actividades diversas, y sin abandonar las ocupaciónes de escritor erudito en una y otra disciplina, aún disponía de tiempo para solazarse, que como solaz puede ser considerado una especie de método sobre el arte de escribir, y que es lo único suyo que se conoce redactado en verso. “Ha debido considerar como un juguete y nada más —dice José Caveda y Nava—los avisos al maestro de escribir, escritos en verso, que debieron salir de su pluma en momentos de cansancio y hastío.”

Por lo que se refiere a esas producciones más o menos alejadas de los temas habituales, hemos de insistir acerca de lo dicho en el prólogo de esta obra para que no siga circulando la Biblioteca asturiana (inserta en el Ensayo de una Biblioteca española de libros raros y curiosos, de Bartolomé José Gallardo) como de Campomanes. Creemos haber demostrado suficientemente en dicho prólogo que este trabajo pertenece a Carlos González de Posada, muy amigo de Campomanes, y que tenía por costumbre enviar a éste, como consulta o entretenimiento, algunas de sus producciones.

La brillantísima carrera jurídico-política del conde de Campomanes alcanzó su culminación en la penúltima década de su siglo. En 1782 le fué conferido el cargo de ministro del Consejo de Castilla, del que fué elevado a gobernador interino al año siguiente, cargo el más eminente en la gobernación del Estado, que ocupó en propiedad en 1789. Con este motivo, poco después, el 9 de febrero de 1790, la Universidad de Oviedo, en reconocimiento de los grandes favores que le debía, le nombraba doctor de su Claustro en Derecho civil y canónico y celebraba la exaltación de Campomanes con una fiesta solemne.

Una de sus primeras actividades como gobernador del Consejo de Castilla fué la de presidir (septiembre de 1789) las Cortes del reino en nombre de Carlos IV, que ya regía los destinos de España desde el año anterior. En esas cortes, y a propuesta suya, se tomaron acuerdos importantes de carácter reformista acerca de problemas diversos de la economía nacional y fué jurado como príncipe de Asturias el que reinó más tarde como Fernando VII. Se derogó también en ellas la disposición dictada por Felipe V en 1713 que excluía a las hembras del derecho al Trono. Pero Carlos IV no publicó la pragmática correspondiente a este acuerdo de las Cortes, con lo que dió lugar, después de muerto Fernando VII, a las dos guerras civiles provocadas por don Carlos de Borbón y sus sucesores a título de herederos legítimos de la regia investidura, Llegó el conde de Campomanes a gobernador del Consejo de Castilla decadente de energías, derrochadas en una existencia de extraordinaria laboriosidad, y a este cansancio contribuía también el dolor que empañaba su alma desde 1784 por el fallecimiento de la que fué compañera de su vida por espacio de treinta y seis años, Pero no menos que esto, seguramente, contrastaba su ánimo el haber perdido la gracia del Trono después de muerto Carlos III. Su hijo y sucesor Carlos IV, mucho menos capacitado como gobernante, con escaso celo acerca de la prosperidad del país y amigo del boato y los enredos cortesanos, puso todas sus consideraciones y confianza, durante los primeros años de su reinado, en el conde de Floridablanca, con postergación de otras personalidades, particularmente de Campomanes. Próximo a cumplir los setenta años, no tenía éste los bríos necesarios para continuar la lucha y cedió al deseo de retirarse a descansar de las fatigas de la vida pública.

Conviene advertir a este respecto que, si bien sus ideas y sentimientos tuvieron entonces, como es natural que así suceda, más templadas manifestaciones que cuando brotaban con ardores juveniles, no hay ningún indicio serio de que se haya mostrado arrepentido de su conducta, como tratan de sostener algunos con el obcecado empeño de propulsar ideas y doctrinas insostenibles por personas inteligentes y juiciosas. Decidido por fin a retirarse de los negocios públicos, solicitó la jubilación dos años después de ocupado en propiedad el cargo de gobernador del Consejo de Castilla, obtenida en abril de 1791, y cuentan que exclamó satisfecho entonces: “Gracias a Dios que se me concede un intervalo entre los negocios y la muerte” A este año corresponde su testamento ológrafo. Tenía entonces sesenta y ocho años. Con la jubilación se le confirió, como un honor, el cargo de consejero de Estado.

Desempeñó por entonces, desde 1789 a 1795, con todo el entusiasmo que le merecían las cuestiones relacionadas con la tierra natal, el puesto de prefecto-presidente de la Real Congregación de Nuestra Señora de Covadonga, institución que agrupaba en Madrid a los asturianos y descendientes de éstos. Después de jubilado se propuso asociar a esta ocupación una mayor intensidad en las tareas de director de la Academia de la Historia, que tantos y tan valiosos entusiasmos contaba con gran provecho en Campomanes; pero su buen deseo le engañaba al punto de que se vió precisado a renunciar como director de esa Corporación en diciembre de 1791, después de desempeñarlo por espacio de veintiocho años, durante los cuales alcanzó la Academia el auge y prestigio que ha venido gozando desde entonces. Volvió a desempeñar ese cargo desde noviembre de 1798 a igual mes de 1801, pero sin gran actividad.

“Es fama—dice Diego San José—que su carácter era bastante brusco y autoritario; de Carlos III aprendió y supo conservar el respeto más exagerado a la etiqueta, hasta el punto de que se cuenta que cuando Goya le estaba inmortalizando en el lienzo tenía el insigne pintor, con harto disgusto suyo, que acudir a las sesiones que le concedía en su casa de la calle de las Huertas vestido de punta en blanco, ni más ni menos que si el modelo fuese el mismo monarca.”

Al cansancio de cuerpo y espíritu se vino a juntar la fatiga de la vista, que rápidamente le dejó ciego. Esta circunstancia le obligó  vivir los últimos años en el retiro de su hogar, dedicado exclusivamente al arreglo de sus negocios y papeles, hasta que le vino a buscar la muerte apaciblemente el 3 de febrero de 1802. Ni el día 4, como anotan algunos, ni en enero, al decir de J. M. L., ni en 1803, cual asegura Infanzón y García Miranda y circula como fecha auténtica por algunas obras importantes de carácter enciclopédico.

El entierro de Campomanes careció de toda pompa por expresa disposición suya. Su cadáver fué inhumado en la iglesia parroquial de San Salvador, de la que, al ser demolida en 1841, se trasladaron los restos al cementerio de San Isidro.

A su fallecimiento, la Academia de la Historia celebró unas solemnes honras fúnebres (2 de mayo de 1802) en la iglesia de San Isidro, y en las que la oración fúnebre corrió a cargo del académico P. Joaquín Traggia, y la Academia de Jurisprudencia Práctica, que dirigía Campomanes, – celebró en su honor (23 de agosto de ese mismo año) una junta general, en la que pronunció un panegírico don Joaquín García Domenech.

También la Sociedad Económica de Amigos del País, de Oviedo, celebró una sesión fúnebre, con un discurso a cargo de don Pedro Alvarez Caballero. Estos trabajos continúan siendo los más importantes que se han escrito sobre la vida y la obra de Campomanes.

Su prestigio universal de tratadista en materias jurídicas y  económicas, de erudito investigador y de talentoso gobernante estuvo refrendado en vida con títulos y cargos honoríficos nacionales y extranjeros, Además de los aludidos en el desarrollo del presente estudio, merece citarse la concesión por Carlos IV en 1790 de la banda de la Gran Cruz de Carlos III. Fué depositario y regidor perpetua de la villa y concejo de Tineo, superintendente de las Gracias de la Cámara, protector de las obras pías del cardenal Belluga, director de la Real Compañía de Impresores y Libreros del Reino. A propuesta del sabio Franklin, figuró como miembro de número de la Sociedad Filosófica de Filadelfia. También la ciencia le otorgó honores por intermedio de los botánicos españoles Ruiz y Pavón, que bautizaron un género de la familia vegetal de las mirtáceas con el nombre de Campomanesia.

La Academia de Jurisprudencia de Madrid colocó el retrato de Campomanes entre los de los jurisconsultos más eminentes de España, donde están asimismo los de otros prohombres asturianos, como Jovellanos, Martínez Marina y Argüelles, y la Universidad de Oviedo puso en el vestíbulo una lápida con la siguiente inscripción:

Comiti de Campomanes

Prudenti regii patriique juris vindici

disciplinarum ad summum usque adauctori

 

No obstante esos honores póstumos, se echa de menos cerca de Campomanes el homenaje nacional que, como uno de los más preclaros españoles de todos los tiempos, merece, ya que abundan los monumentos a quienes no dejaron en nuestra historia huella tan profunda y perdurable.

De los grandes hombres que gobernaron en España en tiempo de Carlos IIl, es el de mayor relieve histórico. Refiriéndose al conde de Aranda, considerado por muchos como la primera figura de esa época, dice Pedregal y Cañedo: “No dejó impresa su huella en la Historia de España tan profundamente como don Pedro Rodríguez Campomanes, porque éste, como fiscal, en sus luminosas alegaciones; como gobernador del Consejo, con sus soluciones, y, sobre todo, como escritor, con su propaganda y su vigorosa iniciativa, es la primera figura del reinado de Carlos III.”

Siempre es tiempo para rendir a una personalidad eximia el merecido homenaje nacional; pero acaso mejor que un monumento público fuese la impresión de sus obras selectas. Como decía Caveda y Nava hace medio siglo, sin que su idea haya encontrado eco desde entonces, para su gloria y nuestro aprovechamiento bastaría sólo coleccionar las más notables.

Que si todas, en los días que vieron la luz pública, fueron aplaudidas con justicia y de conocida utilidad, desvanecidos ya los errores que impugnaron, otro el espíritu público y otras las  teorías y las prácticas de la ciencia administrativa y de la economía política, algunas perdieron el mérito de la novedad y de las aplicaciones; serían hoy un verdadero anacronismo. Mejor que el recuerdo de su figura en mármol o bronce sería el de aquella labor de su espíritu de valor perenne e inmarcesible que forma parte del gran patrimonio intelectual de los españoles.

 

Obras publicadas en volumen:

I —Disertaciones históricas del Orden y Caballería de los Templarios, o resumen historial de sus principios, fundación, institutos, progresos y extinción en el Concilio de Viena. (Madrid, 1747.)

Il. — Copia de una inscripción arábiga hallada en Mérida, con la versión castellana y su explicación crítica e histórica, hecha por orden de la Academia de la Historia. (Madrid, 1752.)

III.–Memorial del Principado de Asturias sobre los agravios que se le ocasionen en la regulación de la cuota correspondiente a la única contribución. (Oviedo, 1757.)

IV.—Itinerario de las carreras de postas dentro y fuera del reino, que contiene también las leyes y privilegios con que se gobiernan en España las postas desde su establecimiento. (Madrid, 1761.)

V.—Noticia geográfica del reino y caminos de Portugal. (Madrid, 1762.)

VI.—Respuesta fiscal en el expediente que trata de la policía relativa a los gitanos, para ocuparles en el ejercicio de la vida civil del resto de la nación, (Madrid, 1763.)

VII.—Respuesta fiscal en la explicación y suplementos de las dos instrucciones publicadas para el recogimiento y útil aplicación al ejército, marina y obras públicas de todos los vagantes y mal entretenidos, en conformidad también de lo que sobre este punto tienen prevenido las leyes del Reino. (Madrid, 1764.)

VIlI.—Respuesta fiscal sobre la abolición de la tasa, estableciendo el comercio de granos. (Madrid, 1764.)

IX.—Tratado de la Regalía de Amortización, en el cual se demuestra por la serie de las varias edades, desde el nacimiento de la Iglesia, en todos los siglos y países católicos, el uso constante de la autoridad civil, para impedir las ilimitadas enajenaciones de bienes raíces en iglesias, comunidades y otras manos muertas. (Madrid, 1765; un tomo en folio varias veces reimpreso y traducido.)

X.—Memorial ajustado sobre el contenido de varias cartas del señor obispo de Cuenca, don Isidoro Carvajal Lancáster. (Madrid, 1768.)

XI.—Memorial ajustado sobre los diferentes ramos de los abastos. (Madrid, 1768; dos tomos  en folio.)

XII. —Juicio imparcial sobre las letras en forma de Breve que ha publicado la Curia romana, en que se intentan derogar ciertos edictos del Serenisimo Sr. infante, duque de Parma, y disputarle la soberanía nacional con este pretexto. (Madrid, 1769.)

XIII.—Carta del Ilmo. Sr. D…. Q la Diputación provincial del M. N. y M. L. Principado de Asturias. (Madrid, 1769.)

XIV.—Respuesta de los señores fiscales del Consejo, el Sr, Campomanes y el Sr, Moñino, en que proponen la formación de una Hermandad para el fomento de los Reales Hospicios de Madrid y San Fernando, expresando los medios con que podrán fomentarse tan útiles establecimientos, a fin de que, examinado todo, se incline ta caridad del vecindario a esta obra pía tan privilegiada. (Madrid, 1769.)

XV.—Memorial ajustado en el expediente consultivo sobre el pleito pendiente entre las ciudades de Badajoz, Mérida, Trujillo y su sesmo, Llerena, el estado de Medellín y villa de Alcántara, por una parte, y por otra el honrado Consejo de la Mesta general de estos reinos. (Madrid, 1771, un tomo en folio con los otros fiscales del Consejo de Castilla.)

XVI—Arenga dirigida a S. M. felicitándole en nombre de la Academia de la Historia, con motivo del nacimiento del infante don Carlos Clemente, heredero de la Corona. (Madrid, 1771, publicado por la Academia de la Historia.) 

XVII—Discurso sobre el fomento de la industria popular. (Madrid, 1774.)

XVIII.—Discurso sobre la educación de los artesanos y su fomento. (Madrid, 1775.)

XIX.—Apéndice a la educación popular. (Madrid, 1775.)

XX— Memorial ajustado del pleito que siguen don Pedro Rodriguez Campomanes y la villa de Madrid con el marqués de Perales del Rio. (Madrid, 1775.)

XXI.—Arenga con motivo del matrimonio del Serenisimo señor don Carlos, príncipe de Asturias, con la princesa de Parma, doña María Luisa. (Madrid, 1776; trabajo publicado por la Academia de la Historia.)

XXII.—Memorial ajustado, hecho en cumplimiento del Decreto del Consejo, con citación de los tres señores fiscales y del procurador general del reino, del expediente consultivo que con su que diencia se ha instruido, en virtud de Real orden comunicada para que el Consejo pleno exponga sl dictamen sobre el contexto de una representación hecha a Su Majestad por los señores marqués de la Corona y don Juan Antonio de Albalá Iñigo, fiscales del Consejo de Hacienda, en que solicitan que mediante el derecho eminante que hay en la Corona para reintegrarse de los bienes y efectos que Salieron del Patrimonio Real por ventas temporales o perpetuas, restituído el precio primitivo de ellas: S. M. es servido de cerrar la puerta a todo pleito en esta materia; expidiendo su Real decreto a este fin y en la forma que expresa la minuta que presentaron. (Madrid, 1776.)

XXIII.—Avisos al maestro de escribir sobre el corte y la formación de las letras, que serán comprensibles a los niños. (Madrid, 1778; edición de treinta ejemplares.)

XXIV.—Noticia de la antigüedad y situación del Santuario de Santa María de Covadonga, en el Principado de Asturias, con las del cronista Ambrosio de Morales en su “Viaje Santo”. (Madrid, 1778; folleto publicado como anónimo; reproducido por Fermín Canella y Secades en su obra De Covadonga, Madrid, 1918.)

XXV.—Respuesta de los tres fiscales del Consejo de Castilla en el expediente consultivo de las Cartujas de España, (Madrid, 1779.)

XXVI—Alegación fiscal declarando la reversión a la Corona de la jurisdicción, señorío y vasallaje del Valle de Orozco. (Madrid, 1781.)

XXVII.—Memorial ajustado del expediente de concordia entre el Consejo de la Mesta, la Diputación general del reino y la provincia de Extremadura. (Madrid, 1783; dos tomos en folio.)

XXVIII.—Alegación fiscal sobre que se declare llegado el caso de la reversión a la Corona de la jurisdicción, señorío y vasallaje de la villa de Aguilar de Campóo y otros derechos. (Madrid, 1783.)

XXIX.—Prevenciones y reglas que se deben observar en los días 13, 14 y 15 del presente mes de julio, en las funciones y regocijos que celebra Madrid. (Madrid, 1784.)

XXX. —Noticia de las fundaciones cuyos Patronatos corresponden a los señores decano del Consejo, al más antiguo de la Cámara y al protector de la Real Iglesia de San Isidro, de Madrid. (Madrid, 1790.)

XXXI—Tratado de la Regalía de España, O sea el derecho Real a nombrar a los beneficios eclesiásticos de toda España y guarda de sus iglesias vacantes. (París, 1830; estudio inédito hasta entonces.)

XXXII.—Colección de las alegaciones fiscales del Excmo. Sr. Conde de Campomanes. (Madrid, 1841-43; cuatro tomos en cuarto; colección formada con algunas de las comprendidas en esta relación y Otras inéditas por don José Alonso, magistrado.)

XXXIII. —Cartas político-económicas escritas por el conde de Campomanes al conde de Lerena: 1787-1790. (Madrid, 1878; con una introducción por don Antonio Rodríguez Villa.)

 

Trabajos sin formar volumen:

 

1.—Noticia de la vida y obras del Fr. Jerónimo Feijóo, monje benedictino de la Congregación de España, catedrático de Prima de Teología, jubilado, de la Universidad de Oviedo, del Consejo de S. M. (Madrid, 1765; estudio inserto al frente del tomo I de Teatro crítico, del Padre Feijóo.)

2.—Prólogo a la Historia legal de la Bula in coena domini, de don Juan Luis López. (Madrid, 1768.)

3.—Respuesta fiscal. (En el Expediente causado en el Consejo a representación de la Sala de la provincia de él, sobre fomentar los edificios de la Corte y reducir a la ley y equidad los contratos enfitéuticos o censos perpetuos con que están gravados los más de los solares de las casas y edificios públicos de Madrid, Madrid, 1776.) 

4.—Memoria presentada por…sobre establecimiento de escuelas patrióticas de hilados. Leída en la Junta general celebrada el 23 de marzo de 1776 en la Sociedad Económica de Madrid. (Incluida en las Memorias editadas por esa Sociedad en 1780.) 

5.—Memoria presentada por…sobre poner en sólida actividad las tres clases de la sociedad; conviene a saber: la agricultura, industrias y oficios. Leída en la Junta general de 6 de abril de 1776 en la Sociedad Económica de Madrid. (ídem íd. id.) 

6.—Oración gratulatoria con motivo de la traslación de la Sociedad Económica de Amigos del País, su abertura y colocación en la sala que el Ilustre Ayuntamiento de Madrid la franqueó para celebración de sus Juntas. (ídem id. ídem; leída en la Junta general de septiembre 16 de 1775.) 

7.—observaciones para la composición ordenada de los elogios académicos. (ídem id. íd.; Memoria presentada a esa Sociedad en septiembre 24 de 1776.) 

8.—Memoria del Ilmo. Sr. Dis presentada a la Sociedad Económica en 26 de octubre del año 1776, sobre el conocimiento y coordinación de las memorias que se van a publicar en cumplimiento de los Estatutos. (ídem id. íd.) 

9.—Juicio crítico, (Puesto como prólogo a la traducción del árabe de la obra Tratado de Agricultura, de Ebu-el-Arran, por don José Banqueri.) 

10.—Prólogo al Diccionario, del P. Cañas.

11.—Prólogo de Memorias históricas del principado de Asturias, de don Carlos González de Posada. (Tarragona, 1794.)

12.—Cotejos hechos en la Librería del Escorial para rectificar la cronología de España. (En el tomo Il de las Memorias de la Academia de la Historia; estudio en colaboración con L. Diéguez.)

13.—Oración gratulatoria. (En el Boletín de la Academia de la Historia, Madrid, octubre de 1898; manuscrito de 1748, como discurso pronunciado a su ingresó en la citada Academia.)

14.—El testamento del conde de Campomanes. (En el Boletín del Centro de Estudios Asturianos, Oviedo, 1924; manuscrito de 1791.) 

 

Obras inéditas: 

—Proposición presentada a la Academia de la Historia para coleccionar e ilustrar las inscripciones más notables de España. (MS. archivado en la citada Academia.) 

—Marina de los árabes. Descubrimientos del cabo de Hornos y reformación de las naves para este paso. (MS. ídem.)

 —Tratado del cómputo y calendario eclesiástico antiguo de la Iglesia de España, copiado fielmente de los códices de Virgiliano y Emiliano, que se guardan en la Biblioteca de San Lorenzo el Real; precede un prólogo de… a este monumento para uso y orden de la Academia de la Historia, (MS. ídem; un tomo en folio; una copia en la Biblioteca Nacional.) 

—Primitiva Iglesia de España. (Manuscrito.) 

—Reconocimiento hecho por los señores D… y D. Lorenzo Diéguez sobre la cronología gótica y de los reyes de Oviedo, en la Biblioteca del Escorial. (MS. de un tomo en folio en la Academia de la Historia.)

—Papeles sobre los viajes literarios que hicieron a la Biblioteca del Escorial los señores D. Lorenzo Diéguez y D… (MS. en ídem, fechado en 1751.)

—Relación del segundo y tercer viaje al Escorial en los años de 1754 y 1755, hechos por los señores D.. y D. Lorenzo Diéguez. (MS. en ídem de dos tomos en folio.)

—Contestación a unas cartas del P. José Rute sobre la formación de una historia universal eco diplomática de España. (MS. en ídem.) 

—Informe sobre una inscripción romana hallada en la villa de Guizo, del reino de Galicia. (MS. fechado en 1759 y archivado en la Academia de la Historia.)

—El fuero de Madrid, con un prólogo sobre las antigüedades de esta villa. (MS. en la Academia de la Historia.)

—La vida del Cid Campeador. (MS. en ídem.)

—Año de la entrada de los moros en España, su arte militar, agricultura y modo de enjuiciar, (MS. en ídem.)

—Historia general y abreviada de la marina hasta el principio de los Califas e Imperio de Justiniano el Menor. (MS. de paradero ignorado.)

—Elogio fúnebre de don Manuel Ventura de Figueroa. (MS.) 

—Colección de Cortes y Fueros, cotejados con varios códices y anotados. (MS.)

—Dictamen que, por acuerdo de la Academia de la Historia, evacuó el señor Campomanes sobre si la colonia Pax Julia fué Badajoz. (MS. archivado en la Academia de la Historia.) 

—Disertación sobre las leyes y el gobierno civil y eclesiástico de los godos. (MS. en ídem.) 

—Plan para metodizar el uso que pueda hacerse de la colección de martirologios, necrológicos y calendarios que había recogido el señor Ceballos con objeto de formar el calendario general de España. (MS. en ídem.) 

—El fuero concedido a las poblaciones de Sierra Morena. (MS.) 

—Cánones de la Iglesia de España. (MS. en ídem, tres tomos en folio.) 

—Las Cortes de León, con un preámbulo para su inteligencia, en que se trata de la pretendida soberanía de los condes de Castilla. (Manuscrito.) 

—Carta a don Antonio José de Acuña acerca de su disertación de si la colonia Pax Julia es Badajoz o Béjar. (MS. en la Academia de la Historia.)  

— Informe acerca de la espada que se halló en el centro de un torreón del convento de San Pablo, de Peñafiel. (MS. en ídem.) —Disertación o carta sobre el canon de los libros sagrados, probados con los monumentos de la lglesia de España, escrita al P. Francisco Riambau, con motivo de la obra “De Verbo Dei scripto”(MS. en la colección de discursos académicos inéditos de la Academia de la Historia.) a la administración de las Rentas en 1762.) 

—Respuesta sobre la admisión en España de los jesuitas expulsados de Francia, con otros papeles relativos a dicha institución. (MS. de 1764 en la Biblioteca Nacional, en colaboración con el también fiscal del Consejo de Castilla, don Lope de Sierra.)

-—Informe original sobre la emigración a Portugal de los habitantes de Galicia y el papel que el marqués de Croix escribió en diciembre de 1764 con ese motivo. (MS. en la Biblioteca Nacional.) 

—Plan para reducir a un solo Cuerpo los monumentos auténticos que se encuentran copiados o citados en las historias generales y particulares de España, comprendiendo entre ellos los litológicos. (MS.; en la Academia de la Historia.)

—Papel del fiscal D… (en parte, autógrafo) de 15 de septiembre de 1766, oponiéndose a que se Suban los abastos, en virtud de la solicitud del personero y diputados, Y medios para su mayor abundancia y mejor precio. (MS. en el Instituto de Jovellanos, de Gijón.) 

—Órdenes de… a D. Juan Antonio Archimbaud, sobre embarque de los jesuitas expulsados a Italia y que reconozca la cuenta de los enseres, víveres y efectos que retornaron al puerto de Málaga, todo a cargo de don Fernando de Arjona, ministro de Marina en dicha ciudad. (MMSS.; fechados a 30 de enero y 5 de octubre de 1768, archivados en la Biblioteca Nacional.)

—Orden mandando, de acuerdo con el Consejo, que se forme una lista de los ornamentos y alhajas que privativamente corresponden a la Congregación de la Presentación, en Plasencia. (MS. de octubre 9 de 1769, en la Biblioteca Nacional.)

—Discurso histórico-legal, en que se prueba el derecho de la Serenísima señora infanta doña María de Portugal, hija mayor del infante don Duarte, duque de Parma, al reino y corona de Portugal. (Manuscrito.)

—Breve resumen de los negocios y despachos que se siguen en el Consejo de que es parte formal el señor fiscal. La forma de su introducción y sustanciación, pedimentos y respuestas en conformidad con las leyes del Reino, autos acordados y lugares magistrales de autores regnícolas por donde se gobiernan, (MS. en 70 páginas en folio, en el Instituto de Jovellanos, de Gijón.)

—Dictamen fiscal sobre el Breve de S. S. de 26 de marzo de 1771, en que se da nueva forma al modo de terminar y cometer en España las causas eclesiásticas. (MS. de 167 páginas en folio, fechado a 30 de noviembre de 1773, en colaboración con el también fiscal don Félix Alminar, en el Instituto de Jovellanos, de Gijón.) 

—Disertación sobre el establecimiento de las leyes y obligación de los súbditos de conformarse a ellas. (MS. en latín, enviado al concurso de la Academia de Buenas Letras de Bastia, en Córcega.) 

—Informe hecho de orden de S. M. sobre lo que representa la Diputación de Navarra y consulta de aquel comisario, (MS. en la Biblioteca Nacional.)

—Carta sobre la formación de una Diplomática española. (MS. en la Biblioteca Nacional.) 

—Viaje a Extremadura. (MS. fechado en 1778, en la Biblioteca Nacional.)

—Viajes en los años 1778 y 79. (MS. en la Academia de la Historia.)

—Carta de… al Dr, Robertson y varias otras literarias. (MS. en la Biblioteca Nacional.)

—Carta al director y socios de la Real Sociedad Económica de Amigos del País, de Asturias, sobre fomentar el progreso. (MS. fechado el 4 de abril de 1781, en el Instituto de Jovellanos, de Gijón.) 

—Discurso sobre el estado actual de la agricultura, industria y oficios del Principado de Asturias. (MS. en el Instituto de Jovellanos, de Gijón.)

—Arengas dichas en el besamanos de 26 de diciembre de 1788. (MS. de cuatro páginas en octavo, en el Instituto de Jovellanos, de Gijón.) 

—Informe sobre las antigüedades de la Cabeza del Griego. (MS. de 20 de febrero de 1790, en la Academia de la Historia.) 

 

Referencias biográficas:

Albornoz (Álvaro de).—La democracia asturiana: El conde de Campomanes. (En la revista Norte, Madrid, 1930; reproducido de La Libertad, de Madrid.)

Alvarez Caballero (Pedro)..— Elogio fúnebre. (Oviedo, 1802; pronunciado en la Sociedad Económica de Amigos del País, de Oviedo.)

Anónimo.—Letras que se cantaron en la noche del día 20 de septiembre con el motivo del ascenso del limo. Sr. conde de Campomanes al Gobierno Supremo de Castilla, del que era decano. Función hecha por el Ilmo. Cabildo de la Santa Iglesia de Oviedo. Púsolas en música don Luis Blanco, maestro de capilla de dicha Santa Iglesia. (MS. de cinco hojas en cuarto, 1784.)

Anónimo.—Homenaje a Campomanes por la Universidad de Oviedo. Noticia del regocijo de la Universidad de Oviedo con motivo del nombramiento por S. M. del Excelentísimo Sr. Conde de Campomanes al Gobierno del Supremo Consejo de Castilla y concesión de la Gran Cruz de Carlos III. (En los Anales de la Universidad de Oviedo, 1903, apéndice I.)

Anónimo.—Biografía del conde de Campomanes, (En el Semanario Pintoresco Español, Madrid, 1851.)

Anónimo.—Curiosa e instructiva conversación entre los condes de Floridablanca y Campomanes en julio de 1788. (MS. en: la Biblioteca Nacional; publicado en el libro Los ministros de España desde 1800 hasta 1869. Historia contemporánea por uno que, siendo español, no cobra del presupuesto.)

Anónimo. — Rapporte judiciaire du procés criminal instruit a…Campomanes. (Madrid, 1768.)

Anónimo.—Solemne sesión celebrada en el Ayuntamiento de Madrid, en conmemoración del Il Centenario del natalicio del Excelentisimo Sr. conde de Campomanes. (Madrid, 1923.)

Asturiano (Un). —A Campomanes. (En la Revista de Asturias, Oviedo, 30 de septiembre de 1880; romance en bable celebrando que se le haya concedido el título de conde, inédito desde entonces.)

Campomanes (Conde de).—Cuatro cartas escritas a don Fernando José de Velasco en los años 1765 a 1771. (MS. en la Biblioteca Nacional.)

ídem.—Testamento. (En el Boletín del Centro de Estudios Asturianos, Oviedo, 1924, números 1 al 3.)

Canella y Secades (Fermín).El conde de Campomanes y el arquitecto Ventura Rodríguez, (En el libro De Covadonga: Contribución al XI Centenario. (Madrid, 1918.)

Caveda y Nava (José).—El conde de Campomanes y catálogo de sus Obras:  artículos póstumos. (En la Revista de Asturias, Oviedo, 1882; el catálogo abarca solamente una parte del anotado aquí.)

Colmeiro (Manuel).—Biblioteca de los economistas españoles de los siglos XVI, XVII y XVIII. (Madrid, 1861.)

Costa (Joaquín).—Consejo de Castilla: Aranda y Campomanes. (En la obra Colectivismo agrario en España, Madrid, 1898, capítulo II, páginas 115 a 135.)

ídem.—Campomanes. (En ídem, ídem, páginas 143 a 150.)

Escalera (Evaristo).—Un estudio biográfico. (En la Ilustración Gallega y Asturiana, Madrid, 30 de enero de 1879.)

Fernández Navarrete (Martín). .— Un estudio. (En la obra Biblioteca Marítima Española, Madrid, 1851.)

Ferrer del Río (Antonio). —Campomanes: Su vida y sus escritos. (En la revista América. Crónica Hispano-Americana, Madrid, 1859.)

Floridablanca (Conde de).—Carta apologética dirigida a un sabio religioso. (MS. de 1765, citado por Fuertes Acevedo.)

Puente (Vicente de la).—Biografía española: El conde de Campomanes. (En el Semanario Pintoresco Español, Madrid, 1842.)

Fuertes Acevedo (Máximo). .— Un estudio bibliográfico. (En la obra Biblioteca de escritores asturianos, MS. en la Biblioteca Nacional, 1867.)

García Doménech (Joaquín). .— Elogio del… Conde de Campomanes. (Madrid, 1803.)

González Arnao (Vicente). .— Elogio del Excmo. Sr. conde de Campomanes, (Madrid, 1803; estudio publicado también en Memorias de la Academia de la Historia, Madrid, 1817, tomo V.)

González Palencia (Angel)..— Ideas de Campomanes acerca del teatro. (En el Boletín de la Academia de la Lengua, Madrid, octubre de 1931, tomo XXVII.)

Infanzón y Garcia Miranda (Félix).—Don Pedro Rodriguez y Pérez, conde de Campomanes. (En el tomo II de la obra Asturias, dirigida por Octavio Bellmunt y Fermín Canella y Secades, Gijón, 1894-1900.)

  1. M. L. (¿José María Lago?)..— Los asturianos de ayer: El conde de Campomanes. (En la revista Asturias, órgano del Centro Asturiano, Madrid, 1 de noviembre de 1891.)

López Cavanillas (Francisco)..— Ilustración magistral del laberinto acróstico y encomiástico, que en elogio del Ilmo. Sr. D. Pedro Rodríguez Campomanes… (MS. de 36 hojas en folio, fechado en Talavera de la Reina a 15 de julio de 1770.)

Menéndez y Pelayo (Marcelino). .— Un juicio crítico. (En Historia de los heterodoxos españoles, tomo II.)

Montoto (C.).—Un centenario: Don Pedro Rodríguez y Pérez, conde de Campomanes. (En el periódico La Voz de Tineo, Tineo, 30 de mayo de 1923.)

Pedregal y Cañedo (Manuel). .— El conde de Campomanes. (En la Revista de España, Madrid, 1881, tomo LXXVIII.)

ídem.—Campomanes y su tiempo. (Madrid, 1880; conferencia.)

Riego y Núñez (Eugenio Antonio del).—Égloga en que Tineo, patria dichosa del Ilmo. Sr. Conde de Campomanes, celebra su ascenso al Gobierno interino del Real y Supremo Consejo de Castilla. (Sevilla, 1784.)

Rodríguez Villa (Antonio).—Introducción a Cartas político-económicas escritas por el conde de Campomanes al conde de Lerena.(Madrid, 1878.)

Salcedo Ruiz (Angel).—Campomanes. (En el tomo 1 de la obra Jurisconsultos españoles, Madrid, 1911.)

San José (Diego).—Un estudio. (En el libro El Madrid de Goya; Madrid, s. a.)

Semper y Guarinos (Juan).—Un estudio bibliográfico. (En la obra Biblioteca de los mejores escritores del reinado de Carlos III, Madrid, 1785-89; cinco tomos.)

Suárez Bácena (Aquilino).—Un boceto biográfico. (En la Revista de Instrucción Pública, Literatura y Ciencias, Madrid, 1859.)

Traggia (P. Joaquín).—Oración fúnebre que en las honras que el día 2 de mayo de 1802 celebró en la Real Iglesia de San Isidro de esta Corte la Real Academia de la Historia, por el Excmo. Sr. D… (Madrid, 1802.)

-Llorente Oliveros (José Luis) – Un boceto biográfico – crítico (En la obra de varios autores Ensayo de bio-bibliografía de hacendistas y economistas españoles; Sevilla, 1910; un tomo en 8º)