{"id":5305,"date":"2021-05-04T09:57:43","date_gmt":"2021-05-04T09:57:43","guid":{"rendered":"https:\/\/xn--espaolito-o6a.es\/?post_type=encyclopedia&#038;p=5305"},"modified":"2021-11-11T09:08:00","modified_gmt":"2021-11-11T09:08:00","slug":"alvarez-caballero-eugenio-manuel","status":"publish","type":"encyclopedia","link":"https:\/\/xn--espaolito-o6a.es\/index.php\/encyclopedia\/alvarez-caballero-eugenio-manuel\/","title":{"rendered":"ALVAREZ CABALLERO (Eugenio Manuel)."},"content":{"rendered":"<p>Eminente hombre de leyes, ejemplo de magistrados &iacute;ntegros y dignos, como hijo espiritual de otros dos asturianos preclaros, Campomanes y Jovellanos, que dejaron estela de conductas se&ntilde;eras en alto grado. Floreci&oacute; &Aacute;lvarez Caballero, con fama extensa y s&oacute;lida de hombre justiciero y probo, en la segunda mitad del siglo XVIII y primeros a&ntilde;os del XIX, en los que culmin&oacute; tal cr&eacute;dito como magistrado con el famoso Proceso de El Escorial. &ldquo;Pertenec&iacute;a el se&ntilde;or Caballero&mdash;dice Cancha y Secades (F.)&mdash; a aquella generaci&oacute;n de ilustrados y celosos funcionarios con que los ministros del gran Carlos III supieron dotar a la deca&iacute;da y perturbada administraci&oacute;n espa&ntilde;ola, para levantarla y reformarla con toda clase de mejoras y prudentes medidas.&rdquo;<\/p>\n<p>Naci&oacute; &Aacute;lvarez Caballero en Piedrafita, aldea de la parroquia de San Juli&aacute;n de Ponte (Tineo), el d&iacute;a 24 de febrero de 1736. F. Canella y Secades y otros autores le acreditan natural de Oteda, lugar de la parroquia de Santa Mar&iacute;a de Francos, en el mismo concejo. Estudi&oacute; en la Universidad de Oviedo la segunda ense&ntilde;anza y seguidamente la carrera de Leyes, gradu&aacute;ndose de bachiller en esta facultad el 20 de diciembre de 1766 y en C&aacute;nones el 21 de diciembre de 1768. Desempe&ntilde;&oacute; luego en dicha Universidad por espacio de dos a&ntilde;os la plaza de profesor auxiliar de Prima de Leyes. Fuertes Acevedo, que apenas da pormenores de la vida de &Aacute;lvarez Caballero correspondientes a esta &eacute;poca (Biblioteca de Escritores Asturianos), anota, sin embargo, el dato de que fu&eacute; tambi&eacute;n profesor titular de Derecho Civil y Derecho Can&oacute;nico, aserto que no figura entre los m&eacute;ritos de esta personalidad en su expediente de oposiciones a c&aacute;tedras. Fu&eacute;, s&iacute;, profesor particular en su domicilio.<\/p>\n<p>En 1770 qued&oacute; admitido como abogado por la Audiencia de Oviedo, profesi&oacute;n que le permiti&oacute; acreditarse en comisiones como la de presidir la elecci&oacute;n de oficios de justicia en los concejos de Rivera, Grado y Goz&oacute;n, y presidir tambi&eacute;n la junta general del concejo de Llanes para la aprobaci&oacute;n de unas ordenanzas municipales.<\/p>\n<p>Contribuyeron a realzar su personalidad los nombramientos de regidor perpetuo de Tineo y su concejo el 28 de octubre de 1773 y el de juez noble por los mismos el 1&ordm; de enero de 1775, as&iacute; como su representante en la junta general del Principado.<\/p>\n<p>Protegido por el conde de Campomanes, que ten&iacute;a grandes consideraciones para el talento y la rectitud de &Aacute;lvarez Caballero, algunos a&ntilde;os despu&eacute;s (1783) fu&eacute; nombrado alcalde mayor y corregidor de El Ferrol. Tampoco Fuertes Acevedo alude a esto, dejando con ello una importante laguna en la vida de &Aacute;lvarez Caballero, porque sus aciertos de gobernante en la ciudad coru&ntilde;esa durante siete a&ntilde;os (1790) fueron fundamento de su fama y prestigio. Su mando en El Ferrol, por su car&aacute;cter justiciero y bondadoso, dej&oacute; memoria perdurable con visos de leyenda mantenida por los ancianos, &ldquo;que cuentan a sus hijos&mdash;dec&iacute;a Montero Ar&oacute;stegui en 1859 &mdash; las virtudes de aquel corregidor, y que hablan de su administraci&oacute;n como de un recuerdo de justicia y felicidad&rdquo;.<\/p>\n<p>Dej&oacute; la Regidur&iacute;a de El Ferrol por ascenso a oidor de la Chanciller&iacute;a de Valladolid, en el desempe&ntilde;o de la cual se le concedieron dos a&ntilde;os m&aacute;s tarde (1792) la antig&uuml;edad y los honores de alcalde de Casa y Corte. En 1798 fu&eacute; elevado al cargo de fiscal del Consejo Supremo de las Ordenes Militares y m&aacute;s tarde (1807) a ministro del Consejo Real, que desempe&ntilde;&oacute; brevemente hasta su fallecimiento.<\/p>\n<p>En el desempe&ntilde;o de este &uacute;ltimo cargo dej&oacute; de su vida un recuerdo hist&oacute;rico memorable, a la vez que digno de emulaci&oacute;n. Algunos personajes palatinos de la Corte de Carlos IV, entre ellos, Esc&oacute;iquiz, can&oacute;nigo y preceptor del pr&iacute;ncipe Fernando, despu&eacute;s Fernando VII; el duque del Infantado, el de San Carlos, el conde de Montarco y otros, quejosos del predicamento de Godoy y la liviana conducta de la reina Mar&iacute;a Luisa, tramaron una conspiraci&oacute;n para destronar al rey, en la que figuraba como principal complicado su propio hijo Fernando. Descubierta la trama por Godoy, el rey encarg&oacute; al ministro de Gracia y Justicia, marqu&eacute;s de Caballero, conocido por El P&iacute;caro, instruir el consiguiente proceso, que se hizo famoso con el nombre de Proceso de El Escorial, porque se desarrollaron aqu&iacute; los sucesos en octubre de 1807. El pr&iacute;ncipe Fernando, acredit&aacute;ndose ya de desleal y fel&oacute;n, se retract&oacute; de su actitud conspiratoria con melosas cartas que se hicieron p&uacute;blicas en un manifiesto del rey a la naci&oacute;n, y delat&oacute; a cuantos con &eacute;l hab&iacute;an intervenido en el movimiento. Formado el alto tribunal que habr&iacute;a de sustanciar la causa bajo la presidencia del presidente del Consejo de Castilla, don Arias Mon y Velarde, asturiano, y once miembros m&aacute;s, entre los que figuraban otros dos asturianos, don Domingo Campomanes y don Eugenio Manuel &Aacute;lvarez Caballero, se procedi&oacute; a examen y sentencia en el proceso. Enterado &Aacute;lvarez Caballero de que Godoy hab&iacute;a sustra&iacute;do del sumario cuantos documentos compromet&iacute;an al pr&iacute;ncipe &mdash; as&iacute; como al embajador franc&eacute;s &mdash; y ama&ntilde;ado otros expedientes, a fin de que resultaran condenados los c&oacute;mplices como verdaderos delincuentes, mand&oacute; a llamar a su casa a los otros miembros del tribunal, imposibilitado de acudir &eacute;l por estar enfermo en cama de la enfermedad que poco despu&eacute;s le priv&oacute; de la vida, y cuando los tuvo reunidos al pie del lecho, les hizo part&iacute;cipes de cuanto sab&iacute;a en secreto, invit&aacute;ndoles a no dar fallo condenatorio, si pretend&iacute;an velar por los fueros de la justicia.<\/p>\n<p>&ldquo;No bien acab&oacute; de hablar tan valeroso magistrado&mdash;dice Tiers&mdash; de una Monarqu&iacute;a absoluta, en la cual, no obstante serlo, hab&iacute;a leyes y magistrados imbuidos en su esp&iacute;ritu y dispuestos a guardarlas, cuando se adhirieron a su dictamen todos sus colegas, opinando como &eacute;l con cierto arrebato de entusiasmo patri&oacute;tico. Abraz&aacute;ronse todos unos a otros despu&eacute;s de dado el fallo, como hombres preparados a la muerte, porque, en efecto, tem&iacute;an, no a Carlos IV, pero s&iacute; a la reina y al privado, capaces de cualquier exceso contra los jueces que hab&iacute;an burlado sus c&aacute;lculos, suponiendo as&iacute; extremos de crueldad en aquellos a quienes s&oacute;lo era justo imputar extremos de bajeza.&rdquo;<\/p>\n<p>Aunque la sentencia fu&eacute; absolutoria, firmada el 25 de enero de 1808, el rey, dominado por su mujer y Godoy, impuso a los absueltos penas de destierro o prisi&oacute;n en conventos y castillos. Seis d&iacute;as despu&eacute;s de firmado tan valiente y famoso fallo, dejaba de existir (31 de enero de 1808) don Eugenio Manuel &Aacute;lvarez Caballero.<\/p>\n<p>De sus actividades como escritor s&oacute;lo se tienen noticias de algunas obras manuscritas.<\/p>\n<p>Obras in&eacute;ditas:<\/p>\n<p>&mdash;Genealog&iacute;a de la casa de Caballero. (MS. de paradero desconocido.)<\/p>\n<p>&mdash;Notas al Sumario de armas y linajes de Asturias, del can&oacute;nigo don Tirso de Avil&eacute;s (MS. &iacute;dem &iacute;dem.)<\/p>\n<p>&mdash;Carta al ilustr&iacute;simo se&ntilde;or don Pedro Rodr&iacute;guez Campomanes sobre diversos sucesos industriales y mejoras de Asturias. (MS. fechado el 1 de enero de 1780.)<\/p>\n<p>Referencias biogr&aacute;ficas:<\/p>\n<p>Canella y Secades (Ferm&iacute;n).&mdash; El fiscal Caballero. (En la Revista de Asturias, Oviedo, 1882.)<\/p>\n<p>Montero Ar&oacute;stegui (Jos&eacute;). &mdash; Historia y descripci&oacute;n de la ciudad y departamento naval de El Ferrol. (El Ferrol, 1859.)<\/p>\n","protected":false},"author":5,"featured_media":4916,"template":"","meta":{"_et_pb_use_builder":"","_et_pb_old_content":"","_et_gb_content_width":""},"categories":[],"class_list":["post-5305","encyclopedia","type-encyclopedia","status-publish","has-post-thumbnail","hentry"],"_links":{"self":[{"href":"https:\/\/xn--espaolito-o6a.es\/index.php\/wp-json\/wp\/v2\/encyclopedia\/5305","targetHints":{"allow":["GET"]}}],"collection":[{"href":"https:\/\/xn--espaolito-o6a.es\/index.php\/wp-json\/wp\/v2\/encyclopedia"}],"about":[{"href":"https:\/\/xn--espaolito-o6a.es\/index.php\/wp-json\/wp\/v2\/types\/encyclopedia"}],"author":[{"embeddable":true,"href":"https:\/\/xn--espaolito-o6a.es\/index.php\/wp-json\/wp\/v2\/users\/5"}],"wp:featuredmedia":[{"embeddable":true,"href":"https:\/\/xn--espaolito-o6a.es\/index.php\/wp-json\/wp\/v2\/media\/4916"}],"wp:attachment":[{"href":"https:\/\/xn--espaolito-o6a.es\/index.php\/wp-json\/wp\/v2\/media?parent=5305"}],"wp:term":[{"taxonomy":"category","embeddable":true,"href":"https:\/\/xn--espaolito-o6a.es\/index.php\/wp-json\/wp\/v2\/categories?post=5305"}],"curies":[{"name":"wp","href":"https:\/\/api.w.org\/{rel}","templated":true}]}}